Videos en su computadora. Seis años de cárcel para un conductor de TV por distribuir material de abuso sexual infantil​

SAN CARLOS DE BARILOCHE.- Un Tribunal de Juicio de General Roca impuso una pena de seis años de prisión efectiva a un conductor de televisión que había sido declarado penalmente responsable de los delitos de “tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil”. Se trata del comunicador y periodista Emiliano Gatti, de 52 años, que condujo el noticiero de Canal 10 en la provincia de Río Negro. Para no ir preso, tendrá que presentarse todos los días en una fiscalía y en la comisaría de Bahía Blanca, donde fijó domicilio durante el proceso. Eso, hasta que la sentencia eventualmente quede firme; entonces, sí, deberá purgar la pena tras las rejas.

En la primera etapa del juicio, que se realizó en mayo pasado, el hombre había sido condenado por 50 videos con imágenes de abuso sexual infantil que estaban descargados en su computadora personal y en otros dispositivos electrónicos secuestrados en su vivienda.

La lectura de la sentencia –que no está firme– se llevó a cabo ayer en la Ciudad Judicial de General Roca. Para definir el monto de la pena los jueces Luciano Garrido, Emilio Stadler y Verónica Rodríguez debieron ajustarse a los pedidos de pena mínimos y máximos que habían solicitado las partes en la audiencia de cesura, realizada la semana pasada. La defensa de Gatti había solicitado una pena de tres (o en su defecto cuatro) años de prisión, mientras que la fiscalía había requerido ocho años y la parte querellante diez.

Para garantizar que el imputado permanezca a disposición de la Justicia, el Tribunal impuso la obligación de que se presente todos los días en la fiscalía de Bahía Blanca (ciudad a la que se mudó cuando comenzó la investigación), “bajo apercibimiento de disponerse la detención”.

Al finalizar la lectura de la sentencia, la fiscalía y la querella solicitaron la prisión preventiva en reemplazo de las medidas cautelares que ya venía cumpliendo Gatti: prohibición de salir del país, depósito de una caución y presentaciones cada diez días en la fiscalía de la ciudad donde reside. Ante el dictado de una pena de prisión efectiva, las partes acusadoras solicitaron que se agrave la medida para neutralizar el riesgo procesal de fuga.

“La sentencia condenatoria es un elemento objetivo para evaluar los peligros procesales, que se han acrecentado con este monto de pena, puntualmente el de riesgo de fuga. El hoy ya condenado ha dicho, no solo en audiencia sino también en medios de comunicación, que realiza changas, que hizo cursos de comercio electrónico, que cuida un campo. Durante este proceso ha mantenido la condición patrimonial como para poder abortar la sentencia condenatoria recaída”, detalló la fiscal jefa.

Y agregó: “Las medidas cautelares existentes hasta este momento no alcanzan para morigerar los efectos que se necesitan para los fines del proceso, y si bien el imputado las ha respetado, el peligro de fuga va adquiriendo más fuerza. Sostenemos que el principio de inocencia aparece incólume, no así la culpabilidad”.

El tribunal resolvió que el imputado realice presentaciones diarias en la fiscalía de su localidad, de lunes a viernes, y en la comisaría más cercana a su domicilio los fines de semana. Esa medida se mantendrá hasta que la sentencia quede firme.

Para declarar la responsabilidad, los jueces declararon “contundente y decisiva la prueba científica y técnica” presentada en el juicio. También señalaron la gravedad de los delitos acreditados, al afirmar que la simple tenencia de ese tipo de videos “favorece el crecimiento de este mercado, dado que la demanda de material incentiva la comisión de más abusos”.

La investigación comenzó en el área de Cibercrimen del Departamento de Investigaciones Judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en agosto de 2022. Ese equipo realizó una pesquisa para detectar usuarios que compartieron material de abuso sexual infantil entre junio de 2021 y agosto de 2022. Así se activó el protocolo de investigación que finalizó con el allanamiento del 15 de noviembre de 2022 en la vivienda de Gatti en Cipolletti.

Los peritajes acreditaron que los videos fueron abiertos y visualizados en la computadora desde agosto de 2022 hasta unos pocos días antes del allanamiento. En ese lapso, la casa estuvo vigilada por los investigadores, quienes confirmaron que el imputado fue la única persona que ingresó al domicilio por esos días. “Esto da por tierra lo sostenido por el imputado y su defensa técnica en cuanto a que no conocía la existencia de los videos”, concluyó el Tribunal.

En noviembre de 2022, el periodista había dicho en conferencia de prensa: “No tengo nada que ver. No soy un pedófilo ni un pederasta. Estoy viviendo una pesadilla terrible, que no se la deseo a nadie. Estoy a disposición de la Justicia y confío en ella. No pertenezco a ninguna red”.

En tanto, el abogado defensor del ex conductor televisivo, Joaquín Hertzriken Catena, consideró hoy que la condena “fue muy desmesurada”. Añadió: “Acá no hubo ningún tipo de contacto con niños menores de edad. Hasta donde pudo probar la fiscalía es que había material con contenido de abuso sexual infantil”. El defensor sumó que “en ningún caso parecido ha habido tanta información y tanta virulencia de los medios para contra el imputado”.

​ El periodista rionegrino Emiliano Gatti no irá preso hasta que la sentencia quede firme, pero deberá presentarse diariamente ante la fiscalía o la comisaría de Bahía Blanca para mantener la excarcelación  Seguridad 

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