La Justicia rechazó la reimpresión de boletas que pidió el Gobierno: llevarán la cara de Espert

La Junta electoral de la provincia de Buenos Aires tomó este jueves otra medida que va contra los pedidos del Gobierno. Definió, en las últimas horas de la tarde, que no se reimpriman las boletas en la provincia de Buenos Aires.
De esta manera, la cara de José Luis Espert aparecerá al frente de la oferta de La Libertad Avanza (LLA) en la Boleta Única Papel que los bonaerenses encontrarán en el cuarto oscuro. El diputado nacional fue dado de baja de su candidatura en medio del escándalo por sus vínculos con Fred Machado, preso por narcotráfico y con un proceso de extradición en marcha a Estados Unidos, y hoy le allanaron la casa y el despacho.
El fallo de 26 hojas, firmado por el juez federal Alejo Ramos Padilla; la presidenta de la Corte provincial, Hilda Kogan; y el titular de la Cámara Federal de La Plata, Jorge Di Lorenzo -que integran la Junta-, salió tras escuchar el jueves por la mañana en una audiencia a las distintas fuerzas políticas que presentan candidatos este 26 de octubre. Todas, menos LLA, estaban en desacuerdo con lo que pretendía el Gobierno que, en esa reunión y en voz del ministro Lisandro Catalán, informó que volver a confeccionar las boletas saldría $12.169 millones, pero aseguró que las partidas estaban y que los tiempos daban.
Sin embargo, la Justicia este jueves definió “rechazar la solicitud formulada por LLA tendiente a la reimpresión de la totalidad de las boletas únicas papel del distrito Buenos Aires para la elección general del 26 de octubre de 2025, por resultar material, temporal y jurídicamente inviable”. Además, porque implicaría un “precedente de enorme gravedad institucional”.
El miércoles, Ramos Padilla ya había marcado que Karen Reichardt (que iba segunda en la lista) pasara al primer lugar, al contrario de lo que quería la Casa Rosada: que ese lugar lo ocupara Diego Santilli, quien al inicio estaba ubicado en el puesto tres. Esta medida fue apelada por LLA y la Cámara deberá terminar de definir. Sin embargo, el oficialismo nacional no contará con la posibilidad de que vuelvan a confeccionarse las boletas, así que sí o sí la cara de Espert aparecerá, más allá de que encabece Reichardt (como todo parece indicarlo) o Santilli.
El rostro de la presentadora de televisión también se verá en la boleta como compañera de Espert (como estaba pautado al inicio de la elección), mientras que de Santilli solo estará su nombre.
Asimismo, en el fallo de este jueves, la Junta declaró que las boletas únicas ya impresas y controladas mantengan “plena validez y vigencia como instrumento de votación oficial”, y que sean utilizadas el 26 de octubre.
Los tres integrantes de la Junta también hicieron saber al Ministerio del Interior y al Correo Argentino que deberán continuar con el cronograma de distribución y entrega del material electoral “en las fechas y condiciones originalmente establecidas”, y notificó a todos los partidos de su decisión.
Los motivos
Entre los justificativos de la medida, Ramos Padilla, Kogan y Di Lorenzo valoraron que el resto de las fuerzas políticas que compiten en la elección y que comparten boleta con LLA se opusieron a la reimpresión con argumentos “de orden jurídico, presupuestario, técnico y de igualdad electoral”.
Se hicieron eco, además, del informe que les presentó la Secretaría Electoral de la Provincia, que señaló lo avanzado que venía el proceso en relación con las boletas, y que detalló que actualmente se encuentra en curso la etapa de “escaneo, control final y preparación de los bolsones” para la entrega al Correo.
“Las 14.432.516 boletas únicas del distrito se encuentran ya impresas, entregadas a esta Junta, en proceso de control de impresión y en preparación para su entrega al Correo para su distribución de acuerdo con el cronograma establecido. Una nueva impresión implicaría rehacer íntegramente un proceso en un alto grado de avance, interrumpiendo las tareas de control y empaquetado actualmente en ejecución y comprometiendo el cumplimiento del calendario electoral vigente”, señalaron.
La Junta también recordó un paso de Catalán por el Congreso durante el debate en comisiones de la implementación a nivel nacional de la boleta única, y tomó en cuenta sus dichos de ese entonces, cuando pedía a la oposición que haya mayor tiempo en el calendario electoral para poder llevar adelante de manera correcta los comicios bajo la nueva modalidad. “Como puede verse [en base a esas declaraciones del ministro], los más altos funcionarios del Poder Ejecutivo en la materia solicitaron al Congreso que ampliara los plazos del cronograma electoral debido a que el sistema de boleta única implicaba mayores desafíos logísticos, así como mayores cuidados, en tanto como destacaron: ‘No pueden existir errores’“, rememoró la Justicia.
El tiempo fue un factor clave para esta decisión contraria a la idea del Gobierno de volver a iniciar el proceso de impresión. Según detallaron en el fallo, el nuevo cronograma propuesto por la Casa Rosada -en caso de reimpresión- implicaba que el material electoral se comenzara a repartir desde el 16 de octubre (diez días antes de la elección), algo que no se correspondía con lo que previamente se fijó en el calendario.
“Aun en el supuesto de que esta Junta aprobara un nuevo modelo de boleta en el día de la fecha, las imprentas no dispondrían de tiempo material suficiente para completar la impresión, control y entrega de la primera tanda de 3.300.000 boletas sino hasta el día 15 de octubre. Así, cuando se recibieran en esa fecha las primeras boletas, todavía faltaría realizar la verificación manual de cada talonario, asegurar la trazabilidad y las condiciones del instrumento de votación y colocar cada uno de los talonarios en el bolsín correspondiente, para luego paletizar y empaquetar de acuerdo al orden de salida establecido por el Correo”, enumeraron.
“Realizar dicho proceso en menos de 24 horas resulta de cumplimiento imposible dado que, conforme se desprende del informe del Correo Oficial, la entrega del material electoral para su distribución con posterioridad al 16 de octubre a las 11.00 horas tornaría imposible la distribución completa del mismo antes de la fecha del comicio, aun desplegando el máximo de recursos logísticos disponibles”, añadieron.
Entonces, refirieron como punto clave: “Los informes técnicos, el cronograma electoral y la secuencia de tareas establecidas por las autoridades competentes demuestran claramente la imposibilidad material y temporal de realizar una nueva impresión de boletas únicas papel sin poner en riesgo la organización, transparencia y efectiva realización de las elecciones“.
En ese sentido, también admitieron que esta medida podría ser apelada, pero que cualquier instancia judicial retrasaría los tiempos y por lo tanto haría más inviable la reimpresión.
En otra parte del fallo, hicieron énfasis en los principios constitucionales de “legalidad, igualdad, razonabilidad y seguridad jurídica” como “pilares del sistema representativo y democrático”, mientras que destacaron también el derecho a elegir, por lo que indicaron: “La actuación de esta Junta debe asegurar, por un lado, la realización efectiva del acto electoral y, por otro, la igualdad de condiciones entre las agrupaciones políticas que participan en la contienda, evitando cualquier medida que genere ventajas o perjuicios diferenciales”.
En eso, consideraron clave “la certeza y previsibilidad” del proceso. “Los electores deben poder concurrir al comicio con conocimiento estable y público de las listas oficializadas y del instrumento de votación que les será entregado”, marcaron.
En los últimos justificativos, los magistrados también indicaron que la conservación del acto electoral debe “prevalecer frente a cualquier circunstancia”. Y, en base a eso, tildaron de “jurídicamente improcedente” el pedido de LLA, por “contradecir” el régimen de plazos, etapas y competencias acordado en el calendario electoral.
“Las etapas de aprobación del modelo de boleta, prueba de impresión y orden de tirada se encuentran jurídicamente clausuradas y no existe en el régimen electoral norma alguna que habilite su reapertura ante la renuncia de uno o más candidatos, una vez oficializadas las listas y aprobadas las boletas definitivas. La renuncia de un candidato no constituye un supuesto de fuerza mayor ni de imposibilidad jurídica sobreviniente que autorice a alterar un acto jurisdiccional firme. Admitir lo contrario supondría subordinar la seguridad del proceso electoral a contingencias políticas internas de las agrupaciones, en desmedro del principio de estabilidad de la oferta electoral y de la igualdad ante la ley”, marcaron.
Convencidos de que la reimpresión podría traer “consecuencias institucionales de gran magnitud”, plantearon que “resulta materialmente imposible reimprimir la totalidad de las boletas dentro de los plazos restantes, sin comprometer la fecha del acto electoral”, tanto desde la perspectiva normativa como desde la procedimental. “No existe posibilidad jurídica alguna de acceder al pedido de reimpresión formulado”, sostuvieron.
Tuvieron en cuenta, además, el costo que esto implicaría y que en casos anteriores no se dispuso que se vuelvan a hacer las boletas.
“La eventual aceptación de la solicitud planteada crearía un precedente de enorme gravedad institucional, en tanto abriría la posibilidad de que cualquier renuncia, sustitución o fallecimiento posterior a la impresión diera lugar a reclamos similares, comprometiendo en forma permanente la estabilidad del proceso electoral”, puntualizaron.
Y, para concluir, dijeron: “Admitir la posibilidad de reimpresiones sucesivas transformaría el calendario electoral en un esquema incierto y dependiente de hechos fortuitos o decisiones partidarias, con perjuicio directo para la organización del comicio, la seguridad jurídica y el principio de igualdad entre las agrupaciones políticas. Por todo ello, esta Junta concluye que la solicitud debe ser rechazada, no solo por su imposibilidad material, temporal y jurídica, sino también por sus consecuencias económicas, institucionales y operativas, y por el riesgo de generar un precedente contrario a la estabilidad y previsibilidad del sistema electoral”.
Así lo definió este viernes la Junta Electoral; dijeron que volver a confeccionar las boletas es “material, temporal y jurídicamente inviable” Política
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