La Anmat prohibió equipos de depilación láser por estar falsificados

A través de la Disposición 7044/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de unos equipos de depilación láser porque se encontraban falsificados. Se trata de aquellos que puedan ser identificados como “SOPRANO TITANIUM – ALMA – SN MNLTEMS12212202-01”, según explicaron en el documento que lleva la firma de su titular, Nélida Agustina Bisio.
El Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEYGMPS) recibió un reporte en el que se advirtió sobre un centro de estética que, a través de redes sociales, ofrecía servicios utilizando equipos ilegítimos, por lo que realizó una inspección, mediante la cual se verificó que el equipo de depilación láser no posee “datos de fabricante, de importador ni de autorizaciones sanitarias, y que tampoco la inspeccionada aportó datos de su procedencia”.
“El departamento informó que en dicha ocasión se exhibieron las imágenes fotográficas del equipo detectado al personal de la firma, que afirmó que se trata de un equipo que no fue importado ni distribuido por la empresa”, señaló la Anmat e informó que se detectaron diferencias entre los elementos originales y los falsos, como el color de la carcaza del panel frontal, el rotulo adherido que lleva los datos de la empresa, el panel posterior y código de barras, entre otros.
En este sentido, la Anmat estableció: “Toda vez que se ha confirmado que se trata de un equipo falsificado fácilmente identificable por su número de serie y que podrían existir otros equipos que exhiban las mismas características, lo que en suma deviene en riesgo para la salud de los pacientes que pudieran ser expuestos a estos como así también del personal que lo manipula, el Departamento de Control de Mercado de la DEYGMPS sugirió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de estos equipos”.
A su vez, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios intervinieron en la investigación.
La Anmat prohibió una decena de productos de diferentes marcas de cosméticos
Este martes, la administración prohibió en todo el país la comercialización, uso, distribución y publicidad de una decena de productos cosméticos que declaraban tener ácidoazelaico, pero que no contaban con la inscripción sanitaria en el organismo. La medida alcanza a diferentes cremas, sueros y emulsiones de reconocidas marcas internacionales y nacionales, como The Ordinary, Paula’s Choice, Viva Dermo Skin Care, Nine Less y Cos de Baha. Según se detalla en la resolución, estos cosméticos se vendían por web a pesar de que carecían de la debida autorización.
El listado completo está compuesto por:
Crema Azelaic Acid Suspension 10% – marca The OrdinaryEmulsión Skin Control Rosacea Ácido Azelaico – marca Viva Dermo Skin CareCrema Control Anti Acné con Ácido Azelaico – marca Blenie Cosmética NaturalSerum Facial Azelaic Topical Acid – marca Kiso CareCrema A-Control Azelaic Acid – marca Nine LessSerum Azelaic Acid 10+ Hyaluron Redness Soothing – marca AnuaCrema Facial Supra Azelaic Acid – marca ZealseaCrema Booster 10% Azelaic Acid – marca Paula’s ChoiceSuero Azelaic Acid 10 AZ – marca Cos de BahaCrema para el Acné 14% Azelaic Acid – marca Bechoicen
La administración estableció la medida en la Disposición 7044/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial; el organismo realizó una inspección y determinó que había diferencias con el original Sociedad
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