Eliminan retenciones para pequeños comerciantes cuando cobren con medios electrónicos
Los pequeños contribuyentes pagarán menos impuestos cuando cobren con medios electrónicos de pago, según formalizó el Gobierno a través de la Ley de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, el paquete fiscal que se discutió junto a la ley Bases e implicó, entre otros, cambios en Ganancias y el Monotributo. La iniciativa fue celebrada por las empresas nucleadas bajo la Cámara Argentina Fintech, quienes agregaron que uno de los principales obstáculos para la digitalización de la economía es “la intensa carga tributaria” que enfrentan los pequeños y medianos comercios.
Publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el artículo 102 de la Ley 27.743 sancionó la desgravación de retenciones impositivas a los cobros con tarjeta de débito, crédito y otros medios de pago digitales que recaen sobre los profesionales monotributistas y negocios chicos.
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Solo se podrá hacer el cobro de estos impuestos, cuando así lo dispongan las autoridades tributarias nacionales, en tanto y en cuanto los montos que procesen excedan el equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs) mensuales por contribuyente. Este índice, que ajusta periódicamente inflación, hoy en día representan unos $10.528.000.
“En la actualidad, uno de los principales obstáculos para la digitalización de los pagos es la intensa carga tributaria en segmentos de pequeños y medianos comercios. La sanción de este artículo ayudará a combatir esta problemática, que desalienta a cientos de miles de comerciantes a aceptar cobros digitales para no verse afectados por elevadas percepciones, que, en algunas provincias, superan la magnitud del impuesto a ingresar posteriormente”, señaló un comunicado de la Cámara Argentina Fintech.
En los considerandos de la norma, el Gobierno invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a disponer el dictado de la normativa local correspondiente, mecanismos y parámetros objetivos que permitan que los contribuyentes inscriptos en el impuesto sobre los ingresos brutos queden excluidos del Sistema de Recaudación sobre Tarjeta de Crédito y Compra (SIRTAC) u otro sistema de recaudación local similar.
“Para evaluar la situación de los contribuyentes, las jurisdicciones a través de la Comisión Arbitral tendrán acceso a la totalidad de la información necesaria administrada por los sujetos involucrados”, remarcó el texto del Boletín Oficial.
En el mismo sentido alentaron desde la entidad empresaria, quienes les solicitaron a las autoridades provinciales que dicten normas complementarias que eximan de la retención de Ingresos Brutos a las operaciones que se encuentren por debajo del límite de los 10.000 UVAs fijado por esta ley.
“La digitalización de los pagos implica, también, una mejora en la trazabilidad de las operaciones; un mayor acceso al crédito, ya que, al digitalizar la transacción, se genera información que a las operaciones que se encuentren por debajo del límite de los 10.000 UVAs fijado por esta ley. comparación al efectivo, que expone a comerciantes y consumidores al riesgo de robo y otros costos asociados”, cerró el comunicado de la Cámara Argentina Fintech.
Se sancionó la desgravación de retenciones impositivas a los cobros con tarjeta de crédito, débito y otros medios de pago; el límite será de 10.000 UVAs mensuales Negocios
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