El abogado de Ian Moche apeló el fallo que rechazó su demanda contra Javier Milei

El abogado de Ian Moche, el niño con autismo de 12 años que demandó a Javier Milei, presentó hoy un recurso de apelación para que su causa, cerrada ayer en favor del Presidente, sea reabierta.
Andrés Gil Domínguez, abogado de Moche, pidió que la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revoque la sentencia de ayer del juez Alberto Recondo y que le ordene a Milei que elimine un tuit que aludía a Moche y lo asociaba a “los kukas”. También, que le imponga al Presidente abstenerse de realizar publicaciones similares en las redes sociales.
Según Gil Domínguez, el fallo de Recondo que le dio la razón al Presidente es nulo porque el juez argumentó que el Presidente tenía derecho a expresarse “como ciudadano” y fue eso lo que hizo. Por ende, dijo el abogado, “la sentencia incurre una contradicción insalvable” porque si Milei actuó “a título personal [y no como Presidente], entonces, el juez debería haber rechazado in limine la acción” porque no correspondía que interviniera la justicia federal sino la ordinaria.
El abogado discutió además el argumento del juez de que retuitear un mensaje no es adherir. “Cuando un usuario de la red social X repostea un mensaje ofensivo (agraviante, discriminatorio o difamante) y además expresa su conformidad o adhesión al contenido no actúa como mero intermediario o espectador, sino que se convierte en partícipe activo en la reproducción y ampliación del daño”, dijo el abogado.
“Al adherir públicamente mediante un reposteo ratificatorio a una publicación agraviante contra un niño con discapacidad, el Señor Presidente de la Nación realizó una acción con clara carga simbólica, discursiva e institucional”, afirmó Gil Domínguez en su escrito.
El abogado dijo que el juez planteó la existencia de una colisión de derechos (la libertad de expresión de Milei, por un lado, y el derecho a no ser atacado de Moche, por el otro) y priorizó al adulto. Ignoró así −afirmó Gil Domínguez− la “especial protección” que le dan la Constitución y los tratados con jerarquía constitucional “a los niños y a las personas con discapacidad”.
Las entrevistas del juez
El abogado cuestionó además las declaraciones públicas que hizo este martes el juez Recondo, cuando sostuvo, en entrevistas radiales, que si él fuera progenitor del niño no lo expondría en los medios como lo hizo la familia.
“Las manifestaciones realizadas por el juez Recondo implican una objetiva violación a las reglas éticas de actuación de los jueces en torno a garantizar su imparcialidad e impartialidad, lo cual conlleva la nulidad absoluta de la sentencia dictada”, sostuvo Gil Domínguez.
En este punto, el abogado afirmó que lo expresado por el juez Recondo “denota una ideología coincidente con la manifestada por el ejército de trolls libertarios que agredieron digitalmente a Ian y a su entorno familiar desde la publicación del reposteo presidencial y que lo siguen haciendo actualmente (con el mismo argumento)”.
El abogado, por último, dijo: “Igualmente el juez Recondo debe quedarse tranquilo: un niño valiente, inteligente, solidario, comprometido, empático y con una madre como Marlene jamás lo elegiría como padre”.
El fallo cuestionado
Recondo, en su fallo del lunes, rechazó la demanda de Moche con el argumento de que, aunque Milei tuiteó desde una cuenta verificada con tilde gris (asignada a agentes de gobiernos), no es una “cuenta de comunicación oficial o institucional de la Presidencia”, como las que constituyen el canal de comunicación oficial del Poder Ejecutivo Nacional. El juez sostuvo que el mandatario tiene derecho a expresarse con libertad “como ciudadano” -aunque sea Presidente las 24 horas- y que, además, no había criticado a Moche sino al periodista que lo estaba entrevistando, Paulino Rodrigues.
El tuit de la demanda
Pautino siempre del lado del mal. No falla nunca al momento de operar en contra del gobierno. Siempre del lado de los kukas… no falla… https://t.co/yE27aK1t6X
— Javier Milei (@JMilei) June 1, 2025
El juez sostuvo que “si bien los funcionarios públicos pueden actuar en nombre del Estado, también son ciudadanos privados con sus propios derechos constitucionales”. Como tales −dijo Recondo− “tienen derecho a hablar sobre cuestiones públicas, a título personal”.
Según el juez, “el tipo de reposteo cuestionado, realizado desde la cuenta privada personal del señor Javier Milei en la red social “X”, no cabe entenderlo como un ‘acto estatal, revestido de la investidura pública’, ni un ‘canal de comunicación verificado del Estado’, como pretende la parte actora”.
Andrés Gil Domínguez pidió que la Cámara revierta lo resuelto por Alberto Recondo, que no hizo lugar al pedido de un niño de 12 años con autismo que reclama que el Presidente borre un tuit que asoció con “los kukas” Política
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